El secreto profesional de los psicólogos: ¿qué pueden decir y qué no?

Si hay algo que los psicólogos sabemos hacer bien es guardar secretos. Porque la discreción y la confidencialidad son ingredientes básicos de nuestro trabajo. Cada profesional emplea en su trabajo distintas herramientas y materias. Para los psicólogos nuestra materia prima de trabajo es la información, el secreto y la discreción. Sin ellas no podemos trabajar. Por lo tanto, no es algo secundario, no, el secreto profesional de los psicólogos es un tema muy central. Hoy vamos a hablar del secreto profesional de los psicólogos, y os explicaremos hasta dónde llega, qué cosas podemos decir, qué cosas no y en qué supuestos.

 

¿Qué es el secreto profesional de los psicólogos?

El secreto profesional es la obligación legal que tenemos algunos profesionales de mantener en secreto la información que recibimos de nuestros clientes. Además de los psicólogos también manejan este tipo de secretos los abogados, los médicos o los periodistas. Y algunos estaréis pensando… ¡y también los curas! Efectivamente, ellos tienen el secreto de confesión pero no funciona exactamente de la misma manera… Por ejemplo, en algunos casos, ellos pueden mantener el secreto incluso cuando hay vidas en juego, lo cual no ocurre con el secreto profesional.

Para nosotros mantener el secreto profesional es una obligación tanto ética como legal y práctica. Sin el secreto profesional sería muy difícil crear una relación terapéutica con un paciente. Ir por primera vez al psicólogo no es fácil. Muchas veces es entonces cuando uno cuenta por primera vez pensamientos, ideas o recuerdos muy íntimos que hasta ese momento quizá nunca había expresado en voz alta. Si no existe un entorno de confianza y secreto, es poco probable que nadie accediera a mostrar su lado más vulnerable ante un desconocido. Yo no lo haría, vamos.

Por eso, cuando un paciente viene a nuestro Centro, antes siquiera de hacerle pasar a la consulta, lo primero que hacemos es informarle de sus derechos y de nuestro deber de confidencialidad y secreto.

Entonces, ¿todo esto en qué se traduce? El resumen más rápido sería decir que “lo que se dice en consulta, se queda en la consulta”. Ahora podemos buscar ejemplos y matizaciones, pero la regla general es esa. ¿Cuándo podemos desvelar información? Pues hacerlo sin consentimiento explícito del paciente solo está justificado si es por un asunto de fuerza mayor. Pero muy mayor, en plan que su vida corra peligro, o que por sus acciones la seguridad o la vida de una tercera persona pueda correrlo. Y poco más. Todo lo que escape de esto necesita el consentimiento explícito del paciente.

¿Y qué pasa en un juicio, te pueden obligar a desvelar un secreto? Pues a ver; el secreto profesional no nos exime de tener que acudir a un juicio si nos llaman. No ir sería un delito de desobediencia, como cualquier persona. Pero una vez delante del juez podemos alegar el secreto profesional ante cualquier pregunta que pueda afectar a la intimidad y vida privada de nuestro paciente. Pero no ante cualquier pregunta.

¿Qué constituye el secreto?

¿Y dónde empieza el secreto profesional de los psicólogos? Pues en el propio hecho de que el paciente acuda o no a consulta. Sí, sí, el hecho de que alguien acuda o no a consulta en sí mismo ya es secreto para nosotros. Os pongo un ejemplo que ocurre con bastante frecuencia: la pareja, o los padres de un paciente llaman por teléfono para preguntar si su pareja o hijo ha acudido a su sesión. Bien, pues eso ya es secreto. No lo podemos desvelar.

Otro ejemplo común. Llamar para confirmar la fecha de la próxima cita de otra persona: “mira, es que te llamo para confirmar cuándo tiene sesión mi mujer, que no se acuerda”. Pues eso también es secreto. Porque esa persona puede decidir acudir o no hacerlo, por los motivos que sean, y el hecho de desvelar esa información le puede comprometer de algún modo.

Más cosas que son secreto; por supuesto todo lo que se habla, pero también muy especialmente la información de la que de algún modo pudiera sacar beneficio el propio psicólogo. Durante el curso de una terapia podemos tener acceso a información que podemos emplear de modo poco ético en nuestro propio beneficio. Pues bien, no se puede hacer. Imagina que tienes un cliente con una tienda, y te comenta de manera casual que el lunes van a liquidar parte de su stock por el motivo que sea. Pues bien, esa información no la puedes usar en tu propio beneficio ni difundirla.

O una empresa que va a ejecutar una determinada operación en bolsa. Tener acceso a esa información no te da derecho a emplearla en tu beneficio o en el de otros.

Por supuesto tampoco se pueden comunicar públicamente casos clínicos sin el consentimiento explícito de los pacientes; por lo tanto, si veis a algún escritor, divulgador o conferenciante que habla de sus pacientes, o bien les ha pedido consentimiento explícito para hablar de ese caso, o bien se lo está inventando completamente (o modificando mucho la historia), o está cometiendo una falta ética.

¿Y podemos compartir información con otros profesionales?, ¿por ejemplo a su psiquiatra? Pues también necesitamos la autorización del paciente para hacerlo; el secreto profesional de los psicólogos lo contempla.  Muchas veces esto es algo natural, porque es el propio paciente el que te pide un informe para su psiquiatra y tú se lo das a él, que es el que luego decide si lo entrega o no. Pero eso de levantar el teléfono y llamar al psiquiatra para decirle “oye, mira lo que pasa con este paciente…”. No, eso no. A no ser que tengas la autorización, eso no se hace. ¿Que te llama el tutor o el orientador de un alumno para preguntarte “cómo va con la terapia”? Pues sin su autorización, la mejor respuesta es “¿terapia?, ¿qué terapia?” 😛

Mención especial requieren los casos de parejas, menores, etc. en los que el propio curso del tratamiento requiere tener entrevistas con varias personas relacionadas entre sí. En estos casos debemos ser especialmente cautos para aislar la información de las distintas fuentes y no desvelar, por acción o por omisión, ninguna información que se nos haya presentado de manera individual.

Y un último supuesto: si el paciente muere, ¿hay que seguir guardando el secreto? Pues sí. El hecho de que el paciente haya fallecido no afecta al secreto profesional. Para nosotros sigue siendo secreto.

En fin, que como veis esto del secreto profesional es un tema muy importante y muy delicado. Y es importante desde un punto de vista tanto moral como legal. Espero que saber todo esto os haya resuelto alguna duda respecto a cómo funciona el secreto profesional en los psicólogos para saber qué podeis exigir. Si vais a un psicólogo, claro. Si en lugar de psicólogo colegiado, el que tenéis delante es un “terapeuta” de no se sabe bien que “terapia”, en esos casos, ya no está tan claro ni el código deontològico, ni la obligación legal de guardar secreto. En esos casos, como suele decirse, ancha es Castilla!

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Licencia Creative Commons Este artículo, escrito por Alberto Soler Sarrió se encuentra bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 3.0 España.
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